Descripción
La obligación de efectuar la comunicación de la apertura de un Centro de Trabajo o de Reanudación de la Actividad después de efectuar, traslados, alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia, incumbe al empresario, cualquiera que sea la actividad que realice, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otras autoridades.